Introducción
Hoy en día los indígenas representan más de la mitad de la
población total de Guatemala, alrededor de 6 millones de habitantes. El Acuerdo
sobre Identidad y Derechos de los Pueblos Indígenas (AIDPI), firmado en 1995,
reconoce que la nación guatemalteca tiene un carácter multiétnico,
pluricultural y multilingüe, y que los pueblos indígenas incluyen a los pueblos
Maya, Garífuna y Xinca constituyen más del 75% de la población.
Las estimaciones sobre la población indígena varían, ya que no hay
cifras exactas. Sin embargo el Estado guatemalteco confirmo que es de un 60%.
Los Mayas, a su vez, están subdivididos en 21 grupos lingüísticos y los
Garífunas son esencialmente de ascendencia africana. El resto de la nación
guatemalteca, desde el punto de vista étnico, está constituida por los ladinos
o mestizos y la población eurodescendiente o “blanca”.
No existen fronteras rígidas entre estas categorías. En los 21
departamentos del país, y entre la mitad y las tres cuartas partes de otros 6
departamentos existen zonas de alta densidad indígena y otras de mayoría ladina.
Uno de los temas de mayor preocupación en la actualidad, es la estrecha
relación entre el origen étnico y la pobreza; los departamentos de mayor
densidad indígena son también lo que muestran mayor incidencia de pobreza y
extrema pobreza.
Ser pobre e indígena en Guatemala significa también vivir
predominantemente en el medio rural, dedicarse principalmente a las actividades
agrícolas; ser en gran medida analfabeto, tener índices de escolaridad
inferiores a la media nacional, no tener acceso a los servicios básicos, y
sufrir diferentes grados de marginación y exclusión social. Las mujeres
indígenas son las que acusan los índices más bajos de bienestar económico y
social, en gran medida son las que se ven más afectadas por esta situación .
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Derechos de los pueblos indígenas
Guatemala es una sociedad multiétnica, pluricultural y multilingüe,
alrededor de la mitad de la población de 12 millones de habitantes son pueblos
indígenas Mayas, Xincas y Garífunas. En varias regiones del país, especialmente
en las zonas rurales, los pueblos indígenas constituyen la mayoría de la
población. La identidad nacional guatemalteca está basada en gran medida en las
culturas vivas de sus pueblos indígenas; con sus tradiciones, valores
comunitarios, lenguas y espiritualidad.
Pero lejos de ser socios plenos e iguales con el resto de los
habitantes, los indígenas han sido excluidos políticamente, discriminados
culturalmente y marginados económicamente en la sociedad nacional. Además de
los indicadores de desarrollo humano y social que hablan de la situación
extremadamente difícil encarada por los Mayas, Xincas y Garífunas, éstos se
enfrentan a la discriminación racial y étnica cotidiana, que se manifiesta con
actitudes de desprecio y rechazo hacia los indígenas.
No es extraño que los medios de comunicación promuevan prejuicios
en contra de diversos aspectos de la cultura indígena, contra su espiritualidad
y el uso de su lengua. Existe un panorama generalizado de desventajas en el
acceso a los beneficios del desarrollo y la participación política y social.
La situación de los derechos humanos de los pueblos indígenas en
Guatemala tiene que ser considerada en el marco de los Acuerdos de Paz de 1996
que pusieron fin a un conflicto armado interno de más de 30 años de duración.
Para implementarlos, el Gobierno ha tomado diversas medidas que pese a
constituir pasos significativos, resultan ser poco efectivas e insuficientes;
debido a la ausencia de recursos que les son asignados y de débil voluntad
política para llevarlas a cabo.
Uno de los problemas fundamentales que aquejan a los pueblos
indígenas es el relativo derecho a la tierra. La falta de acceso a la tierra,
la falta de resolución de demandas agrarias, la falta de respeto a los
territorios tradicionales, tales como: los bosques comunales, los
desplazamientos forzados de pueblos indígenas resultado de proyectos de
desarrollo económico, y problemas derivados de la pérdida de sus tierras a raíz
del conflicto armado, configuran un panorama de crecientes tensiones sociales.
Particularmente precaria es la situación de las mujeres indígenas.
La situación de los pueblos indígenas en relación con el acceso a la justicia
es otro tema preocupante. Si bien el Gobierno ha tomado distintas medidas para
extender el sistema de administración de justicia en todo el país,
especialmente en las zonas indígenas, la cobertura es aún insuficiente.
Los pueblos indígenas se quejan de las dificultades de acceso a los
juzgados y tribunales, de discriminación contra su derecho consuetudinario y de
la falta de intérpretes en lenguas indígenas en los tribunales, así como de
defensores de oficio.
En el campo de la educación, cuestión prioritaria para los pueblos
indígenas, a pesar de los esfuerzos realizados por el Gobierno para proporcionar
educación bilingüe e intercultural, no hay aún suficientes maestros capacitados
y los demás recursos educativos son inadecuados. Las escuelas carecen de textos
y otros materiales pedagógicos, especialmente en las zonas rurales, en las
cuales viven los indígenas.
Las cifras de escolarización, sobre todo de las niñas indígenas,
siguen siendo bajas en comparación con el resto de la población infantil, un
hecho preocupante que prolonga en el futuro los patrones de exclusión y
discriminación.
Es recomendable que el Gobierno amplíe sus actividades y mejore la
calidad de las políticas dirigidas a los pueblos indígenas y renueve su
compromiso para implementar los Acuerdos de Paz. También se considera
importante en la etapa posterior a la salida de las Naciones Unidas establecer
una misión enfocada especialmente a los pueblos indígenas en cooperación con la
Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos.
Además es trascendental que las organizaciones de los pueblos
indígenas y otras organizaciones no gubernamentales (ONG), incluyendo la
comunidad académica, tomen medidas para desarrollar un programa común de acción
para promover, verificar y alentar la implementación del Acuerdo sobre
Identidad y Derechos de los Pueblos Indígenas (AIDPI), que es parte de los
Acuerdos de Paz.
Los pueblos indígenas, la comunidad internacional y los demás
actores de la sociedad civil pueden contribuir al proceso de construcción de
una sociedad más justa en Guatemala para sus grupos más excluidos.
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Algunos de los derechos de los pueblos indígenas
• El derecho de los pueblos indígenas a disfrutar y ejercer sin
discriminación todos los derechos humanos reconocidos en las normas
internacionales, en una doble dimensión: como personas individuales y como
pueblos.
• El derecho de los pueblos indígenas a conservar y reforzar sus
propias instituciones políticas, jurídicas, económicas, sociales y culturales,
en ejercicio del derecho a la libre determinación, manteniendo a la vez su
derecho a participar plenamente en la vida política, económica, social y cultural
del Estado.
• La obligación del Estado de mantener mecanismos eficaces para la
prevención y el resarcimiento de todo acto que constituya una violación o
menoscabo a los derechos de los pueblos indígenas, con un énfasis importante en
la reparación, incluyendo casos de violación a los derechos económicos,
sociales y culturales de los pueblos indígenas.
• El reconocimiento del derecho de los pueblos indígenas a poseer,
utilizar, desarrollar y controlar las tierras, territorios y recursos que
tradicionalmente han poseído, ocupado o de otra forma utilizado o adquirido.
Esto incluye la obligación de los Estados de no desarrollar actividades
militares en tierras o territorios indígenas sin previa consulta.
• La obligatoriedad de los Estados de consultar a los pueblos
indígenas al tomar medidas administrativas o legislativas susceptibles de
afectarles.
• La protección especial a mujeres, ancianos, jóvenes, niños, niñas
y personas indígenas con discapacidad. Estas normas, según el artículo 43 de la
Declaración de la ONU sobre los derechos de los Pueblos Indígenas: “constituyen
las normas mínimas para la supervivencia, la dignidad y el bienestar de los
pueblos indígenas del mundo”.
Los pueblos indígenas siempre han sufrido la discriminación y
marginación social, es un problema constante en Guatemala, todas estas
situaciones hacen que la sociedad guatemalteca se estanque y no pueda avanzar.
Guatemala siempre ha vivido de los recuerdos y la mentalidad que
los cambios son solo sueños inalcanzables, debido a las secuelas que dejo el
conflicto armado, y la división social que produjo.
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Acceso a la justicia
La Constitución Política de la República, establece en su artículo
66 que Guatemala esta conformada por diversos grupos étnicos entre los que
figuran los grupos indígenas de ascendencia Maya. El estado reconoce , respeta
y promueve sus formas de vida, costumbres, tradiciones, formas de organización
social, el uso del traje indígena en hombres y mujeres, idiomas y dialectos que
son respetados como forma del derecho consuetudinario.
En 1996 Guatemala ratificó el Convenio Nº 169 de la Organización
Internacional del Trabajo sobre los pueblos indígenas y tribales en países
independientes, que de acuerdo al artículo 46 de la Constitución prevalece
sobre el derecho interno en la materia y así debería ser aplicado y considerado
por los operadores de justicia.
En los Acuerdos sobre el Fortalecimiento del Poder Civil y Función
del Ejército y sobre Identidad y Derechos de los Pueblos Indígenas, que forman
parte de los Acuerdos de Paz, los centros de administración de justicia y
varios sistemas de conciliación y arbitraje. La Procuraduría de Derechos
Humanos cuenta con una Defensoría Indígena, un proyecto aún pequeño de atención
a los pueblos indígenas, al igual que el despacho del Fiscal General de la
Nación.
Pese a las medidas antes indicadas, persisten situaciones y
problemas que dificultan el acceso a la justicia por parte de los indígenas.
Los juzgados se encuentran con frecuencia distantes de sus comunidades, de tal
manera que acudir a ellos resulta difícil y costoso. Los operadores de justicia
denominación que incluye jueces, auxiliares, fiscales, y miembros del
Ministerio Público y de la Policía Nacional Civil no han modificado sus
criterios y comportamientos, que en general son percibidos y señalados como
contrarios a los intereses de los indígenas, cargados de prejuicios,
frecuentemente autoritarios, que desembocan en malos tratos e irrespeto y que
no son exentos de corrupción.
Los jueces y otros operadores de justicia (con muy contadas
excepciones) no son hablantes de la lengua indígena de la región en la que
ejercen sus cargos, no tienen conocimiento de los usos y costumbres de los
pueblos indígenas, ni guardan el debido respeto a las autoridades indígenas. Así
mismo, se señala que no se ha respetado la independencia comunitaria en el
nombramiento y ejercicio de los jueces de paz comunitarios, y que algunas
soluciones a nivel local, como los centros de administración de justicia, no
cuentan con el apoyo presupuestario indispensable.
Una gran limitación que afecta reiteradamente a los pueblos
indígenas se refiere al uso de las lenguas indígenas en procesos judiciales y
otros procedimientos colaterales. No se permite litigar en idioma indígena, aun
cuando las partes sean hablantes del mismo. No se da cumplimiento a las
disposiciones que ordenan contar con un intérprete debidamente calificado y en
la práctica no se capacitan ni contratan suficientes intérpretes.
De lo anterior se derivan hechos que violan las normas del debido
proceso en perjuicio de los indígenas, quienes además no cuentan con una
defensa adecuada, ante todo porque los pocos defensores públicos que existen en
las zonas indígenas carecen de capacitación.
Los dirigentes de las organizaciones entrevistadas atribuyen
especial importancia al reconocimiento y respeto de un sistema jurídico propio
de los pueblos indígenas, que forma parte de la cosmovisión Maya y está
arraigado en la cultura de las comunidades.
Este derecho consetudiniario es sustancialmente distinto al derecho
oficial. Ya que cuenta con un conjunto de procedimientos culturalmente
adecuados, es eficaz para resolver los conflictos y restaurar el equilibrio
social con el menor costo para las partes (víctimas y acusados) y tiene sus
propios operadores claramente identificados en el sistema de autoridades
tradicionales indígenas. Aunque este derecho consuetudinario es mencionado en
la Constitución, el Convenio Nº 169 de la OIT y el Acuerdo sobre Identidad y
Derechos de los Pueblos Indígenas.
No es claramente reconocido ni respaldado en la legislación y en
las instituciones; los jueces y magistrados no lo conocen ni lo aplican y el
ejercicio de esta función jurisdiccional por parte de las autoridades tradicionales
indígenas es frecuentemente penalizado como suplantación de autoridad o
desacato.
En conclusión, se ha informado a cerca del incumplimiento
sistemático de los compromisos de resarcimiento establecidos en los Acuerdos de
Paz y señalados como parte del proceso de esclarecimiento histórico; de la
permanencia en la impunidad de una gran parte de las violaciones de los
derechos fundamentales ocurridas durante el conflicto armado interno y que
afectaron a numerosas personas y comunidades indígenas; y de la persistencia de
hechos violentos que afectan a los indígenas y sus comunidades, que estarían
claramente asociados a un conflicto no resuelto y a la permanencia de
estructuras no formales de control y represión que no fueron debidamente
erradicadas.
El acceso a la justicia en nuestro país es una situación muy penosa
y preocupante porque no existen tribunales de justicia suficientes para
otorgarle atención a toda la población indígena, otro de los problemas que a
diario se vive es la falta de personal capacitado para darle a las personas
indígenas una atención cordial. En los diferentes órganos jurisdiccionales se
carece de interpretes capacitados que tengan conocimiento profundo sobre los
diferentes idiomas indígenas que existen en nuestro país. Actualmente cada
órgano jurusdiccional solo cuenta con un interprete que habla el idioma
indígena de determinado lugar, sin tomar en cuenta de que existen infinidad de
personas que llegan de todas partes para ser atendidos y que hablan idiomas
diferentes.
Esto provoca problemas en cuanto a la atención adecuada que se le
brinda a una persona indigena y que vulnera sus derechos a ser escuchado.
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Participación política de los indígenas
La estructura política de Guatemala desde la colonia y a lo largo de
la vida republicana se caracterizó por la exclusión de los pueblos indígenas de
la participación en la vida ciudadana. Este fenómeno implicó tradicionalmente
la subordinación de las formas tradicionales de organización y de ejercicio de
la autoridad propias de las comunidades y pueblos (las alcaldías y cofradías
indígenas, por ejemplo); la tardía incorporación del derecho al sufragio; altas
tasas de abstención del electorado indígena que continúan hasta la actualidad;
la baja participación de personas indígenas en cargos de elección o en
funciones públicas de responsabilidad, incluyendo los mandos militares; y en
general una baja incidencia de estos pueblos en la toma de decisiones sobre la
vida nacional.
Es preciso mencionar las altas tasas de personas en edad electoral
no inscritas en el censo electoral, la indocumentación de mujeres, refugiados y
desplazados internos, lo que contribuye a la baja participación electoral en el
área rural. Estas condiciones se agravaron durante los años de conflicto armado
interno, entre otras razones por la aplicación de una estrategia de destrucción
del tejido social rural, la persecución de las autoridades tradicionales, la
inducción de enfrentamientos intercomunales e interétnicos, la formación y
mantenimiento de grupos de control paramilitar (PAC y Comisionados Militares);
y otros efectos asociados al desplazamiento y posterior reasentamiento de la
población indígena.
Otros Acuerdos de Paz se comprometieron adicionalmente a reformar
el régimen electoral, disolver las PAC y reducir y replegar al ejército a sus
funciones militares específicas. Lo mismo que para otros asuntos contemplados
en los Acuerdos de Paz, para el desarrollo de estos temas se creó la Comisión
bipartita sobre Reforma y Participación en Todos los Niveles, la cual trabajó
en la preparación de una amplia reforma constitucional. Sin embargo, las
reformas electorales primero y las reformas constitucionales en 1999 se
resolvieron como una negociación entre los partidos políticos, relativamente al
margen de las propuestas de la Comisión bipartita y del movimiento Maya en
ellas representado.
La reforma constitucional no fue ratificada en la consulta popular.
Las leyes de descentralización y de (re)establecimiento de los comités de
desarrollo que de alguna manera apuntan al fortalecimiento de las estructuras
de organización y ejercicio de autoridad en el nivel local, solo tomaron en
cuenta algunas de las propuestas de la Comisión bipartita.
Existen varios casos y conflictos que enfrentan a las autoridades
tradicionales indígenas, alcaldías indígenas, asambleas comunitarias con las
autoridades nacionales o departamentales por varios motivos, entre los que
deben destacarse los relacionados con el control del acceso a los bienes
comunales (bosques y aguas principalmente), y la atención y resolución de
conflictos locales. De hecho, en ocasiones las autoridades del Estado actúan
con el fin de hacer desaparecer o cooptar a las autoridades indígenas.
Si bien el establecimiento de los comités de desarrollo es visto
por algunos dirigentes
indígenas como una oportunidad para mejorar su incidencia en la
toma de decisiones sobre asuntos que les atañen directamente, en varios casos
esta participación se ve reducida para los indígenas por la falta de medios
para hacerla efectiva (transporte, asistencia técnica, por ejemplo).
Algunas instituciones creadas con el propósito de facilitar la
participación indígena, como la Defensoría de la Mujer Indígena, el Fondo de
Desarrollo Indígena Guatemalteco (FODIGUA) y la Academia de las Lenguas Mayas
no gozan, de hecho, de la autonomía que les otorga la Ley ni cuentan con
recursos suficientes, entre otras cosas.
Uno de los temas más importantes e invisibles es la participación
de la mujer indígena. La mujer es una ciudadana de segundo orden. El acceso a
la justicia se ve doblemente agravado para la mujer indígena. La mujer se
encuentra ante una doble discriminación y una total indefensión sin que el
sistema de justicia haya facilitado herramientas. Al margen de la estructura
gubernamental se han desarrollado numerosas organizaciones mayas que actúan e
impulsan programas y proyectos en esferas como la educación intercultural, la
espiritualidad, la defensa de los derechos humanos y el desarrollo económico y
social.
Gracias a su propio esfuerzo, estas organizaciones civiles han
conquistado importantes niveles de participación e incidencia en la vida social
guatemalteca. Muchas de ellas reciben apoyo de agencias de cooperación
internacional y algunas son tomadas en cuenta por oficinas gubernamentales como
fuentes de opinión.
Al margen de las comisiones creadas en virtud de los Acuerdos de
Paz, cuya dinámica actual es muy limitada, no se ha establecido ningún
mecanismo de consulta informada tal como lo prevé el Convenio Nº 169 de la OIT,
ratificado por el Estado guatemalteco.
El Encuentro de Lideresas y Líderes Indígenas, con amplia
participación y representación nacional de todos los grupos etnolingüísticos
indígenas,decidió promover la creación de un Consejo Nacional de Pueblos
Indígenas. Algunos partidos políticos vienen incorporando, de modo creciente, a
personas de origen indígena en las listas de candidatos para cargos de elección
popular. En los últimos períodos democráticos, el número de legisladores de
origen indígena se ha incrementado pero aún sigue siendo poco importante ante
el peso demográfico y cultural de los pueblos indígenas en la nación y sin
llegar a representar de ninguna manera el grado de diversidad étnica del país.
Este hecho ha facilitado la formación de una Comisión de Asuntos Indígenas en
el Congreso Nacional cuya actividad debería incrementarse en el futuro.
La participación de los pueblos indígenas en los actos políticos ha
evolucionado de una manera significativa, si se observa que en el pasado no se
existía por falta de educación y de información; en tanto la sociedad siempre
ha visto a las comunidades indígenas con menores capacidades que los demás. Sin
darse cuenta que gracias a las personas indígenas y a sus esfuerzos, Guatemala
ha salido adelante, gracias a su contribución en temas agrícolas y ganaderos.
También podemos destacar que han existido diversos ejemplos de
personas indígenas que han salido adelante y que han podido llegar en el
Congreso de la República de Guatemala, gracias a sus estudios y sus ganas de
salir adelante.
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Educación intercultural y bilingüe
La Constitución Política de la República reconoce el valor de las
lenguas indígenas (art. 58) habla sobre la identidad cultural, se reconoce el
derecho de las personas y de las comunidades a su identidad cultural de acuerdo
a sus valores, su lengua y sus costumbres (art. 76). Sistema educativo y
enseñanza bilingüe. La administración del sistema educativo sera
descentralizado y regionalizado.
Lo anterior compromete un amplio conjunto de medidas para recuperar
y proteger los idiomas indígenas y promover el desarrollo y la práctica de los
mismos; así como la puesta en marcha de una importante reforma del sistema
educativo para consolidar la educación bilingüe e intercultural y para
garantizar el acceso de los indígenas a la educación. Una comisión paritaria,
integrada por representantes gubernamentales y de las organizaciones indígenas
fue establecida en 1997 y trabajó sistemáticamente en el diseño de esta reforma
hasta el 2000. Aun cuando los aspectos de la reforma educativa que debieron ser
asegurados constitucionalmente quedaron pendientes al no aprobarse la reforma
constitucional en su conjunto, el poder ejecutivo adoptó las conclusiones del
trabajo de la Comisión paritaria a partir de 2001 y una parte de las medidas
consideradas vienen siendo puestas en vigencia apenas como “programas piloto”.
Una comisión consultiva, como señalan diversos observadores,
sugiere que los cambios propuestos en los Acuerdos de Paz no han sido acatados
y que sigue existiendo el modelo excluyente y mono-cultural. Los Acuerdos de
Paz previeron la realización de una reforma constitucional para varios asuntos,
incluyendo el reconocimiento de los derechos de los pueblos indígenas.
Tales reformas, que fueron en parte preparadas y aprobadas por el
Congreso Nacional, fueron consultadas en referéndum popular en 1999, tal como
quedo previsto en los Acuerdos. Sin embargo la propuesta no fue aprobada por
una ligera diferencia a nivel nacional.
Según diversos observadores, las preguntas del referéndum fueron
diseñadas y manipuladas de tal manera para que el voto indígena favorable no
lograra la mayoría. Se pudo apreciar el sentimiento de decepción y frustración
de las organizaciones indígenas del país al respecto. La discriminación contra
los pueblos indígenas permea a la sociedad guatemalteca y caracteriza al
régimen político y económico.
El AIDPI establece como una de las tareas más urgentes eliminar la
discriminación legal y de facto mediante diversas medidas jurídicas e
institucionales. El Congreso Nacional adoptó una enmienda al Código Penal en la
cual se tipifica como delito la discriminación, incluyendo la étnica.
En lo que respecta a la discriminación interpersonal, ésta ha sido
documentada ampliamente y se manifiesta en actitudes de rechazo y exclusión
hacia los indígenas por parte de la población ladina y blanca. Afecta
principalmente a las mujeres, sobre todo cuando usan el traje indígena
tradicional, así como a las niñas y los niños en las escuelas, en los lugares
públicos y en las calles.
El derecho indígena tienen como fin proteger a los niños, jóvenes y
adolescentes en los diferentes centros educativos en donde sufran de
discriminación y en donde se les prohiba hacer el uso de sus derechos.
Vemos a nuestros niños y jóvenes en una lucha constante defendiendo
sus raíces y sus costumbres en contra de la sociedad y sus perjuicios. Existe
una enorme cantidad de estudiantes que no hablan ya su idioma materno y que se
han olvidado de usar sus trajes porque en algunos centros educativos se les ha
prohibido y se les ha exigido los uniformes escolares, negándoles el derecho de
vestir sus trajes.
Otra de las problemáticas que se observa en varios departamentos de
Guatemala es la pérdida de los diferentes idiomas, La comunidad esta olvidando
inculcar a sus hijos el idioma materno debido a la gran discriminación del que
son víctimas. La discriminación y el racismo esta logrando que los pueblos
indígenas olviden sus raíces; por eso el Gobierno debe redoblar esfuerzos y
hacer conciencia a los guatemaltecos de no olvidar sus raíces y lugar del que
provienen.
Existen varias organizaciones que apoyan a los pueblos indígenas
para que puedan rescatar y reconstruir lo que los perjuicios sociales se han
encargado de eliminar poco a poco.
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