Introducción

Hoy en día los indígenas representan más de la mitad de la población total de Guatemala, alrededor de 6 millones de habitantes. El Acuerdo sobre Identidad y Derechos de los Pueblos Indígenas (AIDPI), firmado en 1995, reconoce que la nación guatemalteca tiene un carácter multiétnico, pluricultural y multilingüe, y que los pueblos indígenas incluyen a los pueblos Maya, Garífuna y Xinca constituyen más del 75% de la población.

 

Las estimaciones sobre la población indígena varían, ya que no hay cifras exactas. Sin embargo el Estado guatemalteco confirmo que es de un 60%. Los Mayas, a su vez, están subdivididos en 21 grupos lingüísticos y los Garífunas son esencialmente de ascendencia africana. El resto de la nación guatemalteca, desde el punto de vista étnico, está constituida por los ladinos o mestizos y la población eurodescendiente o “blanca”.

 

No existen fronteras rígidas entre estas categorías. En los 21 departamentos del país, y entre la mitad y las tres cuartas partes de otros 6 departamentos existen zonas de alta densidad indígena y otras de mayoría ladina. Uno de los temas de mayor preocupación en la actualidad, es la estrecha relación entre el origen étnico y la pobreza; los departamentos de mayor densidad indígena son también lo que muestran mayor incidencia de pobreza y extrema pobreza.

 

Ser pobre e indígena en Guatemala significa también vivir predominantemente en el medio rural, dedicarse principalmente a las actividades agrícolas; ser en gran medida analfabeto, tener índices de escolaridad inferiores a la media nacional, no tener acceso a los servicios básicos, y sufrir diferentes grados de marginación y exclusión social. Las mujeres indígenas son las que acusan los índices más bajos de bienestar económico y social, en gran medida son las que se ven más afectadas por esta situación .

 

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Derechos de los pueblos indígenas

Guatemala es una sociedad multiétnica, pluricultural y multilingüe, alrededor de la mitad de la población de 12 millones de habitantes son pueblos indígenas Mayas, Xincas y Garífunas. En varias regiones del país, especialmente en las zonas rurales, los pueblos indígenas constituyen la mayoría de la población. La identidad nacional guatemalteca está basada en gran medida en las culturas vivas de sus pueblos indígenas; con sus tradiciones, valores comunitarios, lenguas y espiritualidad.

 

Pero lejos de ser socios plenos e iguales con el resto de los habitantes, los indígenas han sido excluidos políticamente, discriminados culturalmente y marginados económicamente en la sociedad nacional. Además de los indicadores de desarrollo humano y social que hablan de la situación extremadamente difícil encarada por los Mayas, Xincas y Garífunas, éstos se enfrentan a la discriminación racial y étnica cotidiana, que se manifiesta con actitudes de desprecio y rechazo hacia los indígenas.

 

No es extraño que los medios de comunicación promuevan prejuicios en contra de diversos aspectos de la cultura indígena, contra su espiritualidad y el uso de su lengua. Existe un panorama generalizado de desventajas en el acceso a los beneficios del desarrollo y la participación política y social.

 

La situación de los derechos humanos de los pueblos indígenas en Guatemala tiene que ser considerada en el marco de los Acuerdos de Paz de 1996 que pusieron fin a un conflicto armado interno de más de 30 años de duración. Para implementarlos, el Gobierno ha tomado diversas medidas que pese a constituir pasos significativos, resultan ser poco efectivas e insuficientes; debido a la ausencia de recursos que les son asignados y de débil voluntad política para llevarlas a cabo.

 

Uno de los problemas fundamentales que aquejan a los pueblos indígenas es el relativo derecho a la tierra. La falta de acceso a la tierra, la falta de resolución de demandas agrarias, la falta de respeto a los territorios tradicionales, tales como: los bosques comunales, los desplazamientos forzados de pueblos indígenas resultado de proyectos de desarrollo económico, y problemas derivados de la pérdida de sus tierras a raíz del conflicto armado, configuran un panorama de crecientes tensiones sociales.

 

Particularmente precaria es la situación de las mujeres indígenas. La situación de los pueblos indígenas en relación con el acceso a la justicia es otro tema preocupante. Si bien el Gobierno ha tomado distintas medidas para extender el sistema de administración de justicia en todo el país, especialmente en las zonas indígenas, la cobertura es aún insuficiente.

 

Los pueblos indígenas se quejan de las dificultades de acceso a los juzgados y tribunales, de discriminación contra su derecho consuetudinario y de la falta de intérpretes en lenguas indígenas en los tribunales, así como de defensores de oficio.

 

En el campo de la educación, cuestión prioritaria para los pueblos indígenas, a pesar de los esfuerzos realizados por el Gobierno para proporcionar educación bilingüe e intercultural, no hay aún suficientes maestros capacitados y los demás recursos educativos son inadecuados. Las escuelas carecen de textos y otros materiales pedagógicos, especialmente en las zonas rurales, en las cuales viven los indígenas.

 

Las cifras de escolarización, sobre todo de las niñas indígenas, siguen siendo bajas en comparación con el resto de la población infantil, un hecho preocupante que prolonga en el futuro los patrones de exclusión y discriminación.

 

Es recomendable que el Gobierno amplíe sus actividades y mejore la calidad de las políticas dirigidas a los pueblos indígenas y renueve su compromiso para implementar los Acuerdos de Paz. También se considera importante en la etapa posterior a la salida de las Naciones Unidas establecer una misión enfocada especialmente a los pueblos indígenas en cooperación con la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos.

 

Además es trascendental que las organizaciones de los pueblos indígenas y otras organizaciones no gubernamentales (ONG), incluyendo la comunidad académica, tomen medidas para desarrollar un programa común de acción para promover, verificar y alentar la implementación del Acuerdo sobre Identidad y Derechos de los Pueblos Indígenas (AIDPI), que es parte de los Acuerdos de Paz.

 

Los pueblos indígenas, la comunidad internacional y los demás actores de la sociedad civil pueden contribuir al proceso de construcción de una sociedad más justa en Guatemala para sus grupos más excluidos.

 

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Algunos de los derechos de los pueblos indígenas

• El derecho de los pueblos indígenas a disfrutar y ejercer sin discriminación todos los derechos humanos reconocidos en las normas internacionales, en una doble dimensión: como personas individuales y como pueblos.

• El derecho de los pueblos indígenas a conservar y reforzar sus propias instituciones políticas, jurídicas, económicas, sociales y culturales, en ejercicio del derecho a la libre determinación, manteniendo a la vez su derecho a participar plenamente en la vida política, económica, social y cultural del Estado.

• La obligación del Estado de mantener mecanismos eficaces para la prevención y el resarcimiento de todo acto que constituya una violación o menoscabo a los derechos de los pueblos indígenas, con un énfasis importante en la reparación, incluyendo casos de violación a los derechos económicos, sociales y culturales de los pueblos indígenas.

• El reconocimiento del derecho de los pueblos indígenas a poseer, utilizar, desarrollar y controlar las tierras, territorios y recursos que tradicionalmente han poseído, ocupado o de otra forma utilizado o adquirido. Esto incluye la obligación de los Estados de no desarrollar actividades militares en tierras o territorios indígenas sin previa consulta.

• La obligatoriedad de los Estados de consultar a los pueblos indígenas al tomar medidas administrativas o legislativas susceptibles de afectarles.

• La protección especial a mujeres, ancianos, jóvenes, niños, niñas y personas indígenas con discapacidad. Estas normas, según el artículo 43 de la Declaración de la ONU sobre los derechos de los Pueblos Indígenas: “constituyen las normas mínimas para la supervivencia, la dignidad y el bienestar de los pueblos indígenas del mundo”.

 

Los pueblos indígenas siempre han sufrido la discriminación y marginación social, es un problema constante en Guatemala, todas estas situaciones hacen que la sociedad guatemalteca se estanque y no pueda avanzar.

 

Guatemala siempre ha vivido de los recuerdos y la mentalidad que los cambios son solo sueños inalcanzables, debido a las secuelas que dejo el conflicto armado, y la división social que produjo.

 

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Acceso a la justicia

La Constitución Política de la República, establece en su artículo 66 que Guatemala esta conformada por diversos grupos étnicos entre los que figuran los grupos indígenas de ascendencia Maya. El estado reconoce , respeta y promueve sus formas de vida, costumbres, tradiciones, formas de organización social, el uso del traje indígena en hombres y mujeres, idiomas y dialectos que son respetados como forma del derecho consuetudinario.

 

En 1996 Guatemala ratificó el Convenio Nº 169 de la Organización Internacional del Trabajo sobre los pueblos indígenas y tribales en países independientes, que de acuerdo al artículo 46 de la Constitución prevalece sobre el derecho interno en la materia y así debería ser aplicado y considerado por los operadores de justicia.

 

En los Acuerdos sobre el Fortalecimiento del Poder Civil y Función del Ejército y sobre Identidad y Derechos de los Pueblos Indígenas, que forman parte de los Acuerdos de Paz, los centros de administración de justicia y varios sistemas de conciliación y arbitraje. La Procuraduría de Derechos Humanos cuenta con una Defensoría Indígena, un proyecto aún pequeño de atención a los pueblos indígenas, al igual que el despacho del Fiscal General de la Nación.

 

Pese a las medidas antes indicadas, persisten situaciones y problemas que dificultan el acceso a la justicia por parte de los indígenas. Los juzgados se encuentran con frecuencia distantes de sus comunidades, de tal manera que acudir a ellos resulta difícil y costoso. Los operadores de justicia denominación que incluye jueces, auxiliares, fiscales, y miembros del Ministerio Público y de la Policía Nacional Civil no han modificado sus criterios y comportamientos, que en general son percibidos y señalados como contrarios a los intereses de los indígenas, cargados de prejuicios, frecuentemente autoritarios, que desembocan en malos tratos e irrespeto y que no son exentos de corrupción.

 

Los jueces y otros operadores de justicia (con muy contadas excepciones) no son hablantes de la lengua indígena de la región en la que ejercen sus cargos, no tienen conocimiento de los usos y costumbres de los pueblos indígenas, ni guardan el debido respeto a las autoridades indígenas. Así mismo, se señala que no se ha respetado la independencia comunitaria en el nombramiento y ejercicio de los jueces de paz comunitarios, y que algunas soluciones a nivel local, como los centros de administración de justicia, no cuentan con el apoyo presupuestario indispensable.

 

Una gran limitación que afecta reiteradamente a los pueblos indígenas se refiere al uso de las lenguas indígenas en procesos judiciales y otros procedimientos colaterales. No se permite litigar en idioma indígena, aun cuando las partes sean hablantes del mismo. No se da cumplimiento a las disposiciones que ordenan contar con un intérprete debidamente calificado y en la práctica no se capacitan ni contratan suficientes intérpretes.

 

De lo anterior se derivan hechos que violan las normas del debido proceso en perjuicio de los indígenas, quienes además no cuentan con una defensa adecuada, ante todo porque los pocos defensores públicos que existen en las zonas indígenas carecen de capacitación.

 

Los dirigentes de las organizaciones entrevistadas atribuyen especial importancia al reconocimiento y respeto de un sistema jurídico propio de los pueblos indígenas, que forma parte de la cosmovisión Maya y está arraigado en la cultura de las comunidades.

 

Este derecho consetudiniario es sustancialmente distinto al derecho oficial. Ya que cuenta con un conjunto de procedimientos culturalmente adecuados, es eficaz para resolver los conflictos y restaurar el equilibrio social con el menor costo para las partes (víctimas y acusados) y tiene sus propios operadores claramente identificados en el sistema de autoridades tradicionales indígenas. Aunque este derecho consuetudinario es mencionado en la Constitución, el Convenio Nº 169 de la OIT y el Acuerdo sobre Identidad y Derechos de los Pueblos Indígenas.

 

No es claramente reconocido ni respaldado en la legislación y en las instituciones; los jueces y magistrados no lo conocen ni lo aplican y el ejercicio de esta función jurisdiccional por parte de las autoridades tradicionales indígenas es frecuentemente penalizado como suplantación de autoridad o desacato.

 

En conclusión, se ha informado a cerca del incumplimiento sistemático de los compromisos de resarcimiento establecidos en los Acuerdos de Paz y señalados como parte del proceso de esclarecimiento histórico; de la permanencia en la impunidad de una gran parte de las violaciones de los derechos fundamentales ocurridas durante el conflicto armado interno y que afectaron a numerosas personas y comunidades indígenas; y de la persistencia de hechos violentos que afectan a los indígenas y sus comunidades, que estarían claramente asociados a un conflicto no resuelto y a la permanencia de estructuras no formales de control y represión que no fueron debidamente erradicadas.

 

El acceso a la justicia en nuestro país es una situación muy penosa y preocupante porque no existen tribunales de justicia suficientes para otorgarle atención a toda la población indígena, otro de los problemas que a diario se vive es la falta de personal capacitado para darle a las personas indígenas una atención cordial. En los diferentes órganos jurisdiccionales se carece de interpretes capacitados que tengan conocimiento profundo sobre los diferentes idiomas indígenas que existen en nuestro país. Actualmente cada órgano jurusdiccional solo cuenta con un interprete que habla el idioma indígena de determinado lugar, sin tomar en cuenta de que existen infinidad de personas que llegan de todas partes para ser atendidos y que hablan idiomas diferentes.

 

Esto provoca problemas en cuanto a la atención adecuada que se le brinda a una persona indigena y que vulnera sus derechos a ser escuchado.

 

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Participación política de los indígenas

La estructura política de Guatemala desde la colonia y a lo largo de la vida republicana se caracterizó por la exclusión de los pueblos indígenas de la participación en la vida ciudadana. Este fenómeno implicó tradicionalmente la subordinación de las formas tradicionales de organización y de ejercicio de la autoridad propias de las comunidades y pueblos (las alcaldías y cofradías indígenas, por ejemplo); la tardía incorporación del derecho al sufragio; altas tasas de abstención del electorado indígena que continúan hasta la actualidad; la baja participación de personas indígenas en cargos de elección o en funciones públicas de responsabilidad, incluyendo los mandos militares; y en general una baja incidencia de estos pueblos en la toma de decisiones sobre la vida nacional.

 

Es preciso mencionar las altas tasas de personas en edad electoral no inscritas en el censo electoral, la indocumentación de mujeres, refugiados y desplazados internos, lo que contribuye a la baja participación electoral en el área rural. Estas condiciones se agravaron durante los años de conflicto armado interno, entre otras razones por la aplicación de una estrategia de destrucción del tejido social rural, la persecución de las autoridades tradicionales, la inducción de enfrentamientos intercomunales e interétnicos, la formación y mantenimiento de grupos de control paramilitar (PAC y Comisionados Militares); y otros efectos asociados al desplazamiento y posterior reasentamiento de la población indígena.

 

Otros Acuerdos de Paz se comprometieron adicionalmente a reformar el régimen electoral, disolver las PAC y reducir y replegar al ejército a sus funciones militares específicas. Lo mismo que para otros asuntos contemplados en los Acuerdos de Paz, para el desarrollo de estos temas se creó la Comisión bipartita sobre Reforma y Participación en Todos los Niveles, la cual trabajó en la preparación de una amplia reforma constitucional. Sin embargo, las reformas electorales primero y las reformas constitucionales en 1999 se resolvieron como una negociación entre los partidos políticos, relativamente al margen de las propuestas de la Comisión bipartita y del movimiento Maya en ellas representado.

 

La reforma constitucional no fue ratificada en la consulta popular. Las leyes de descentralización y de (re)establecimiento de los comités de desarrollo que de alguna manera apuntan al fortalecimiento de las estructuras de organización y ejercicio de autoridad en el nivel local, solo tomaron en cuenta algunas de las propuestas de la Comisión bipartita.

 

Existen varios casos y conflictos que enfrentan a las autoridades tradicionales indígenas, alcaldías indígenas, asambleas comunitarias con las autoridades nacionales o departamentales por varios motivos, entre los que deben destacarse los relacionados con el control del acceso a los bienes comunales (bosques y aguas principalmente), y la atención y resolución de conflictos locales. De hecho, en ocasiones las autoridades del Estado actúan con el fin de hacer desaparecer o cooptar a las autoridades indígenas.

 

Si bien el establecimiento de los comités de desarrollo es visto por algunos dirigentes

indígenas como una oportunidad para mejorar su incidencia en la toma de decisiones sobre asuntos que les atañen directamente, en varios casos esta participación se ve reducida para los indígenas por la falta de medios para hacerla efectiva (transporte, asistencia técnica, por ejemplo).

 

Algunas instituciones creadas con el propósito de facilitar la participación indígena, como la Defensoría de la Mujer Indígena, el Fondo de Desarrollo Indígena Guatemalteco (FODIGUA) y la Academia de las Lenguas Mayas no gozan, de hecho, de la autonomía que les otorga la Ley ni cuentan con recursos suficientes, entre otras cosas.

 

Uno de los temas más importantes e invisibles es la participación de la mujer indígena. La mujer es una ciudadana de segundo orden. El acceso a la justicia se ve doblemente agravado para la mujer indígena. La mujer se encuentra ante una doble discriminación y una total indefensión sin que el sistema de justicia haya facilitado herramientas. Al margen de la estructura gubernamental se han desarrollado numerosas organizaciones mayas que actúan e impulsan programas y proyectos en esferas como la educación intercultural, la espiritualidad, la defensa de los derechos humanos y el desarrollo económico y social.

 

Gracias a su propio esfuerzo, estas organizaciones civiles han conquistado importantes niveles de participación e incidencia en la vida social guatemalteca. Muchas de ellas reciben apoyo de agencias de cooperación internacional y algunas son tomadas en cuenta por oficinas gubernamentales como fuentes de opinión.

 

Al margen de las comisiones creadas en virtud de los Acuerdos de Paz, cuya dinámica actual es muy limitada, no se ha establecido ningún mecanismo de consulta informada tal como lo prevé el Convenio Nº 169 de la OIT, ratificado por el Estado guatemalteco.

 

El Encuentro de Lideresas y Líderes Indígenas, con amplia participación y representación nacional de todos los grupos etnolingüísticos indígenas,decidió promover la creación de un Consejo Nacional de Pueblos Indígenas. Algunos partidos políticos vienen incorporando, de modo creciente, a personas de origen indígena en las listas de candidatos para cargos de elección popular. En los últimos períodos democráticos, el número de legisladores de origen indígena se ha incrementado pero aún sigue siendo poco importante ante el peso demográfico y cultural de los pueblos indígenas en la nación y sin llegar a representar de ninguna manera el grado de diversidad étnica del país. Este hecho ha facilitado la formación de una Comisión de Asuntos Indígenas en el Congreso Nacional cuya actividad debería incrementarse en el futuro.

 

La participación de los pueblos indígenas en los actos políticos ha evolucionado de una manera significativa, si se observa que en el pasado no se existía por falta de educación y de información; en tanto la sociedad siempre ha visto a las comunidades indígenas con menores capacidades que los demás. Sin darse cuenta que gracias a las personas indígenas y a sus esfuerzos, Guatemala ha salido adelante, gracias a su contribución en temas agrícolas y ganaderos.

 

También podemos destacar que han existido diversos ejemplos de personas indígenas que han salido adelante y que han podido llegar en el Congreso de la República de Guatemala, gracias a sus estudios y sus ganas de salir adelante.

 

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Educación intercultural y bilingüe

La Constitución Política de la República reconoce el valor de las lenguas indígenas (art. 58) habla sobre la identidad cultural, se reconoce el derecho de las personas y de las comunidades a su identidad cultural de acuerdo a sus valores, su lengua y sus costumbres (art. 76). Sistema educativo y enseñanza bilingüe. La administración del sistema educativo sera descentralizado y regionalizado.

 

Lo anterior compromete un amplio conjunto de medidas para recuperar y proteger los idiomas indígenas y promover el desarrollo y la práctica de los mismos; así como la puesta en marcha de una importante reforma del sistema educativo para consolidar la educación bilingüe e intercultural y para garantizar el acceso de los indígenas a la educación. Una comisión paritaria, integrada por representantes gubernamentales y de las organizaciones indígenas fue establecida en 1997 y trabajó sistemáticamente en el diseño de esta reforma hasta el 2000. Aun cuando los aspectos de la reforma educativa que debieron ser asegurados constitucionalmente quedaron pendientes al no aprobarse la reforma constitucional en su conjunto, el poder ejecutivo adoptó las conclusiones del trabajo de la Comisión paritaria a partir de 2001 y una parte de las medidas consideradas vienen siendo puestas en vigencia apenas como “programas piloto”.

 

Una comisión consultiva, como señalan diversos observadores, sugiere que los cambios propuestos en los Acuerdos de Paz no han sido acatados y que sigue existiendo el modelo excluyente y mono-cultural. Los Acuerdos de Paz previeron la realización de una reforma constitucional para varios asuntos, incluyendo el reconocimiento de los derechos de los pueblos indígenas.

 

Tales reformas, que fueron en parte preparadas y aprobadas por el Congreso Nacional, fueron consultadas en referéndum popular en 1999, tal como quedo previsto en los Acuerdos. Sin embargo la propuesta no fue aprobada por una ligera diferencia a nivel nacional.

 

Según diversos observadores, las preguntas del referéndum fueron diseñadas y manipuladas de tal manera para que el voto indígena favorable no lograra la mayoría. Se pudo apreciar el sentimiento de decepción y frustración de las organizaciones indígenas del país al respecto. La discriminación contra los pueblos indígenas permea a la sociedad guatemalteca y caracteriza al régimen político y económico.

 

El AIDPI establece como una de las tareas más urgentes eliminar la discriminación legal y de facto mediante diversas medidas jurídicas e institucionales. El Congreso Nacional adoptó una enmienda al Código Penal en la cual se tipifica como delito la discriminación, incluyendo la étnica.

 

En lo que respecta a la discriminación interpersonal, ésta ha sido documentada ampliamente y se manifiesta en actitudes de rechazo y exclusión hacia los indígenas por parte de la población ladina y blanca. Afecta principalmente a las mujeres, sobre todo cuando usan el traje indígena tradicional, así como a las niñas y los niños en las escuelas, en los lugares públicos y en las calles.

 

El derecho indígena tienen como fin proteger a los niños, jóvenes y adolescentes en los diferentes centros educativos en donde sufran de discriminación y en donde se les prohiba hacer el uso de sus derechos.

 

Vemos a nuestros niños y jóvenes en una lucha constante defendiendo sus raíces y sus costumbres en contra de la sociedad y sus perjuicios. Existe una enorme cantidad de estudiantes que no hablan ya su idioma materno y que se han olvidado de usar sus trajes porque en algunos centros educativos se les ha prohibido y se les ha exigido los uniformes escolares, negándoles el derecho de vestir sus trajes.

 

Otra de las problemáticas que se observa en varios departamentos de Guatemala es la pérdida de los diferentes idiomas, La comunidad esta olvidando inculcar a sus hijos el idioma materno debido a la gran discriminación del que son víctimas. La discriminación y el racismo esta logrando que los pueblos indígenas olviden sus raíces; por eso el Gobierno debe redoblar esfuerzos y hacer conciencia a los guatemaltecos de no olvidar sus raíces y lugar del que provienen.

 

Existen varias organizaciones que apoyan a los pueblos indígenas para que puedan rescatar y reconstruir lo que los perjuicios sociales se han encargado de eliminar poco a poco.